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This is about the Shaman in Law


Convoco a enviar e-mails al Ombudsman Argentino en protesta por su acto arbitrario y discriminatorio incluso criminal..
I convoque you to send protestation e-mails to the Argentinian Ombudsman cause her arbitraries and discriminatories and criminal resolutions too..



Mahoma goes to the mountain (again).. And the mountain mantain her response (yet)in a too much claire attitude:

" ... ".-
Mr Eduardo Mondino do not responde to any of my letters..

Solicitud de Información.-‏
De: raul oscar iturria (raul-iturria-nsp@hotmail.com)
Enviado: martes, 27 de enero de 2009 05:23:10 p.m.
Para: Eduardo Mondino (mondino@defensor.gov.ar)
Señor Defensor del Pueblo
de la Nación Don Eduardo Mondino,

Su despacho

Nuevamente me dirijo a Usted con la finalidad de solicitar tenga a bien responder las cuantiosas comunicaciones que he ralizado sobre el tema que me ha estado y continua perjudicando referido a DISCRIMINACIÓN EN ÁMBITOS PUBLICOS PRIVADOS Y OFICIALES EN LA PROVINCIA DE SALTA Y NACIÓN.

Asimismo aprovecho para recordarle anteriores denuncias presentadas ante su oficina y por carta manuscrita y enviada por correo a su despacho de Capital Federal o Ciudad Autonoma de Buenos Aires, y de las cuales no he recibido nunca respuesta respecto de su destino final sobre su actuación y resultados de las mismas.

A la espera de su diligente y respetuosa de la ley actuación y respuesta. Saludo a Usted muy atentamente.

Raúl Oscar Iturría
Salta Capital - Argentina
Telefono: 0387-4316927 


-----
Raúl Oscar Iturría
Thanks for contact me / Gracias por contactarme
Visit my site / Visita mi site
www.elcazad.es.tl




This is the last response to my last appeal through the e-mail.. sent dated decemeber 30, 2008.. Check my response in Shaman in Law link..

(Sin asunto)‏
De: raul oscar iturria (XXXXXX@hotmail.com)
Enviado: miércoles, 31 de diciembre de 2008 12:50:17 a.m.
Para: Eduardo Mondino (mondino@defensor.gov.ar)

Defensor del Pueblo de la Nación

Don Eduardo Mondino


Gracias por vuestra respuesta a mi entender errada..

Al parecer para algunas personas no se aplican ni el CODIGO DE PRACTICAS BANCARIAS ni la LEY DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR y ahora tampoco se aplica la LEY N° 24284 de CREACIÓN Y REGULACIÓN de la figura del Defensor del Pueblo de la Nación, y sus obligaciones, deberes y ámbitos de actuación de la Denfensoría del Pueblo de la Nación..

En primer lugar no ha respondido a ninguna de todas las irrgularidades denunciadas en los escritos presentados sobre papel y por intermedio de correos electrónicos referidas a las entidades mencionadas..

En segundo lugar, tampoco a respondido a las faltas cometidas por la Defensoría ni a las faltas referidas a servicios como las del Correo Argentino vinculadas a estas denuncias y entrega del correo domiciliario, respectivamente..

En tercer lugar y referido a su defensa de la actitud y respuesta del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, tengo que destacar que en mi caso particular en la consulta referida en ningún momento he recibido la información adecuada sobre el tema consultado ya que existen mas de una posibilidad de PRÉSTAMOS PERSONALES..

En cuarto lugar, adjunto una copia del texto de dicha consulta en la que no se menciona ninguna de las restantes modalidades de prestamos personales..

Además, en quinto lugar, y habiendome informado en la página web del Banco Central de la República Argentina, todos los bancos estan regulados por las mismas leyes y normas y que todas las entidades estan reguladas por el mismo Código de Prácticas Bancarias en el que, entre otras especificaciones, estan detalladas todas las modalidades de préstamos que deben ser comunicadas y aplicadas a todos los usuarios que soliciten estos servicios..

Por supuesto, y sexto, es por demás llamativo, por lo menos, que los bancos consultados y el Defensor del Pueblo y sus asistentes, ignoren las Leyes y Normativas referidas a sus actividades específicas..

Lo cual, claro, y en séptimo lugar, solo deja una posibilidad y es la de una deliverada inacción, un incumplimiento que no deja lugar a interpretaciones ni a especulaciones de mi parte ni de quienes deban juzgar toda esta situación y los problemas encadenados que representan en su conjunto..

Nuevamente solicito, octavo lugar, se revea esta resolución de INCOMPETENCIA del Defensor del Pueblo de la Nación y se modifique la carátula de mi denuncia por la de DISCRIMINACIÓN EN ÁMBITOS PÚBLICOS PRIVADOS Y OFICIALES..

También saludo a Usted y a sus asistentes muy cordialmente a la espera de una reconsideración acorde a las Leyes y Normativas mencionadas en la presente y precedente correspondencia.


Raúl Oscar Iturría

Salta Capital

Teléfono: 0387.XXXXXX

 

Por favor, no imprima este mensaje a no ser que sea absolutamente necesario. El BNA se compromete con el cuidado del medio ambiente.


SR : Iturria Raul Oscar
Informo a ud. que no podemos acceder al Prestamo solicitado con la Garantia Propuesta
pero si tenemos lineas de creditos (prestamos personales) a sola firma para empleados con relacion de dependencia los requisitos serian los siguientes:

3 (tres) ultimos recibos de sueldos
D.N.I
Certificado de trabajo
Constancia de Cuil
Boleta de Servicio
Resumen de AFJP y/o Anses

ATTE


BARRIOS ANGEL HUMBERTO
Responsable Plataforma Comercial
RF 2218

Shaman response to the Argentinian Ombudsman Salutation.

RE: Salutación por próximas festividades‏

De:

raul oscar iturria (XXXXXXX@hotmail.com)

Enviado:

jueves, 18 de diciembre de 2008 12:24:47 a.m.

Para:

defensor.mail@defensor.gov.ar

Señor Defensor del Pueblo
Don Eduardo Mondino


Me complace recibir tan considerada salutación de su parte y de todo su equipo de notables asistentes aunque debo recordarle que aún espero respuesta efectiva y concreta a mi denuncia realizada debidamente y aportando todos los elementos incluso los fundamentos legales referidos a las prerrogativas constitucionales que le asisten en el cumplimiento de su obligación como Defensor del Pueblo de la Nación.

A la espera de su respuesta y actuación urgente ya que los plazos legales para ello han sido sobrepasados con demasía saludo a Usted augurandole un año 2.009 en el mismo grado de su salutación.

Atentamente,

Raúl Oscar Iturría.-

 


This is the last letter to the Ombudsman adding more elements soliciting her fast and constitutional intervention.

Solicitud de Información.-‏

De:

raul oscar iturria (XXXXX@hotmail.com)

Enviado:

lunes, 15 de diciembre de 2008 03:26:34 p.m.

Para:

Eduardo Mondino (mondino@defensor.gov.ar)

Señor Defensor del Pueblo
de la Nacion Dr Eduardo Mondino,


Por la presente estoy obligado a insistir en la solicitud de su intervención en la denuncia presentada el dia 05 (cinco) de noviembre del presente año 2.008 contra el Banco Credicoop Filial Salta dada la falta de respuesta de la Defensoría del Pueblo.

En esta oportunidad y en resguardo de la Consitución Nacional, Primera Parte, Capítulo Segundo, el que en su Artículo 42 establece "Todos los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno."

Y solicito por su intermedio se interponga una acción expedita y rápida de amparo para solucionar una situación ya descripta cuya urgencia es visiblemente crítica dada sus características.

Esto último fundamentado en el fiel y leal cumplimiento del Artículo 43, de igual Parte y Capítulo, cuyo segundo párrafo ordena "Podrán interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines, registrados conforme a la ley, la que determinará los requisitos de su organización."

Sumado a las anteriores razones legales solicito e insisto en su pronta intervención a efectos de solucionar mi situación particular correspondiente a la solicitud realizada en su momento al Banco Credicoop.

Atentamente, a la espera de su efectiva y positiva resolución, saludo a Ud. atentamente.


Raúl Oscar Iturría.-


Transcripción de la comunicación del día 10 de Diciembre ante la falta de respuesta a la anterior apelación transcripta arriba.
Nota: Fechas y hora de los envíos deben ser considerados en fechas y hora nacionales. Los hechos mencionados tienen su correlato en diversos Artículos de los Codigos Civil y Penal, ademas de estar contemplados en la Ley que creó y regula a la Defensoría, insitución que solo responde al Congreso de la Nación.

Solicitud de Información‏

De:

raul oscar iturria (XXXXX@hotmail.com)

Enviado:

miércoles, 10 de diciembre de 2008 01:25:06 p.m.

Para:

Eduardo Mondino (mondino@defensor.gov.ar)

Señor Defensor
del Pueblo Eduardo Mondino


Debido a la urgencia en la resolución de mi denuncia y de mi apelación del día 06 (seis) de diciembre solicito su respuesta favorable considerando los nuevo elementos aportados.

Aún sin estos elementos reitero que su declaración de incompetencia no es tal y que además no solo me afecta personal e individualmente sino tambien afecta a personas relacionadas a mis actividades incluída ayuda humanitaria y propuestas de diversa indole que estan siendo retrasadas y perjudicadas primero por el Banco Credicoop, luego por otros bancos y ahora tambien por la Defensoría.

Tambien afecta a familiares directos, ya que como le comente a uno de sus asistentes mi padre que reside en estos momentos en la provincia de Cordoba debe ser operado de cancer a la próstata en dos semanas aproximadamente, como asi tambien atención medica para mi madre que como pensionada no puede acceder a una adecuada atención medica.

Ademas, de mi situación personal ampliamente referida en anteriores correos electronicos y denuncia sobre papel.

Entonces, Dr Mondino solicito su intervención cumpliendo fiel y lealmente la Ley que le da origen a la institución de la Defensoría del Pueblo considerando que no se debe tratar con ligereza una denuncia por DISCRIMINACIÓN como fue tratada por usted y sus colaboradores.

A la espera de su respuesta favorable y de la urgente solución a la denuncia planteada que es tan solo el cumplimiento de las leyes como son el Codigo de Practicas Bancarias, la Ley de Protección al Consumidor y ahora tambien la Ley N° 24284 que regula la actividad de la Defensoría del Pueblo.

Para finalizarle le comunico la reflexión sobre esta situación, Señor, si no se puede confiar en el Defensor del Pueblo de la Nación que depende directa y exclusivamente del Congreso de la Nación en que lugar, pues, y de que personas o instituciones debemos y debo, en mi caso particular, esperar asistencia en el país?.

A la espera de vuestra pronta respuesta considerando la urgencia de la situación, saludo a usted muy atentamente.

Raúl Oscar Iturría.-


Below is a copy of my most recent appeal to the Argentinian Ombudsman´s refuse to work this denounce, in Castellano.
Nota: Los artículos mencionados en la copia siguiente corresponden a la Ley N° 24.248 de creación de la Defensoría del Pueblo en Argentina.
PD: Para preservar cierta intimidad se han remplazado numeros y direcciones de correos particulares por X, no así los de la otra parte a quienes pueden lectores comunicarse y tambien reclamar por justicia en este caso particular.


Acuse de Recibo‏

De:

raul oscar iturria (XXXXX@hotmail.com)

Enviado:

domingo, 07 de diciembre de 2008 02:53:17 a.m.

Para:

Szwarcberg-Defensoría (gszwarcberg@defensor.gov.ar)


Oficina Defensoría
Señor Szwarcberg:


Hoy sábado 06 de diciembre del año 2.008 a horas entre 9:00 y 9:30 AM he recibido su envío fechado el dia 26 de noviembre de 2.008, excediendo en mucho los tres días anunciados por usted vía e-mail.

Solicito con nuevos elementos surgidos en esta última semana reconsidere su actuación en mi denuncia presentada y que fue caratulada como actuación N° 6957/08, a saber:

I) Ante idéntica solicitud al Banco de la Nación Argentina he recibido idéntica respuesta de esta entidad, negándose a la prestación del servicio de préstamo prendario a término con el premio mencionado en garantía. Ante mi solicitud de opciones de préstamos aún no he recibido dicha respuesta. Lo cual es una violación al Código de Prácticas Bancarias y la Ley de Protección al Consumidor. Respuesta recibida vía correo electrónico con fecha 02 de diciembre del corriente año, la que reenvío a este mismo correo electrónico para su consideración.

II) Idéntica solicitud fué realizada al Banco Macro aún sin responder.

III) Igual solicitud enviada desde sus paginas web a otras entidades bancarias como el HSBC y el original Banco Credicoop con resultados similares y con este último Banco con resultados que iniciaron esta denuncia. Sobre este Banco, tengo que agregar que las consultas realizadas desde su pagina web tambien se negaron a informar adecuadamente por lo que tuve que asistir a la filial de Salta Capital con los resultados denunciados en enero de este año.

En los casos del Banco de la Nación Argentina y el Banco Macro, al contar esta entidad con el Estado Nacional como socio en un procentaje del 23,9 %, cumplen con las condiciones requeridas para su intervención; en el caso del Banco Macro considerandose la particiáción de la Administración Pública Nacional en una sociedad y co-propiedad de dicha entidad.

Esto fundamentado en el Art. 16 del TITULO II, CAPITULO I de la LEY 24284, e invocando el fiel y leal cumplimiento del Art. 17 sobre OTROS AMBITOS DE COMPETENCIAS por el cual insisto en la intervención del Defensor del Puelbo en mi denuncia desestimada contra en Banco Credicoop Cooperativo Limitado.

Destacando que desde el día CINCO DE NOVIEMBRE he sido perjudicado por esta actitud no solo del mencionado Banco desde mucho antes sino ahora tambien por la Defensoría.

A proposito de PERJUICIOS, quiero incluir en esta denuncia o iniciar una nueva contra la empresa Correos Argentinos que ha retrasado la entrega de su carta injustificadamente considerando sus dichos respecto al plazo de entrega de tres días desde que fui notificado via e-mail y que fue sobrepasado en varios días.

En este tiempo de retraso provocado por la empresa de correo podría haber realizado esta misma apelación.

De todos modos, y si fuera efectiva su incompetencia cumpliendo con el Art. 20 del Capitulo II del Titulo II debería la Defensoría haber derivado mi denuncia al organismo competente el mismo día 26 en que se resolvió no dar curso a esta denuncia.

Para finalizar, y considerando el Art. 14 del Titulo II, Capitulo I, se han incurrido en todos los delitos mencionados en este articulo "el ejercicio ilegitimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio, negligente" en los hechos denunciados originariamente y en los que he mencionado en la presente denuncia.

Con estos elementos solicito reconsidere su decision de rechazar mi denuncia contra el Banco Credicoop y otros delitos sumados recientemente para dar solución a una denuncia sobre DSICRIMINACIÓN antes que nada evindenciada por la cantidad de elementos aportados.

A la espera de vuestra pronta actuación y solución favorable, saludo a Ud. atentamente.

Raúl Oscar Iturría
Salta Capital
Tel.: 0387-XXXXXX


   
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